Nueva subvención municipal para el sector hostelero local

IMG 4661Como es sabido, el pasado día 6 de noviembre el Gobierno Vasco ordenó el cierre de los establecimientos hosteleros como medida preventiva para responder a la situación de la pandemia de la Covid-19. Como consecuencia de esto, los trabajadores del sector hostelero, dueños de bares, camareros, cocineros, etc., han quedado en una situación crítica, ya que tienen que seguir pagando los gastos asociados al establecimiento y a la actividad, mientras los bares o restaurantes permanecen cerrados. Esta situación ha puesto en peligro la supervivencia y el futuro de este sector imprescindible y el Ayuntamiento de Amasa-Villabona ha decidido aprobar y poner en marcha una nueva línea de subvenciones de carácter urgente

El documento de bases reguladoras de esta subvención se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) el 2 de diciembre: Bases de la subvención BOG

Presupuesto

Para financiar estas subvenciones, el Ayuntamiento ha creado un fondo de 30.000 euros. Si este presupuesto no es suficiente para atender todas las solicitudes, se distribuirá proporcionalmente en función del número de solicitudes presentadas.

Importe de la subvención

  • 600 euros por mes de cierre del establecimiento. La cuantía exacta de la subvención se calculará en función del número de días de cierre de los establecimientos.
  • Cuando la suspensión de actividades sea parcial (en el caso de las panaderías-cafeterías) 300 euros/mes.
  • En el caso de que el titular del establecimiento tenga el local vinculado a la actividad en arrendamiento o alquiler, el importe de la subvención será de 200 euros/mes adicional.

Beneficiarios

Serán beneficiarios de esta subvención los/as hosteleros/as afectados/as por la situación de alarma establecida en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se modifica el Decreto 38/2020, de 6 de noviembre, del Lehendakari de la CAV.

Requisitos a cumplir

  • Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en una actividad a la cual se le decretó el cierre total.
  • Disponer de un establecimiento ubicado en Amasa-Villabona.
  • No tener deudas con el Ayuntamiento de Villabona.
  • No estar incursa en las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiaria de las subvenciones.

Duración de la subvención

La duración de la subvención comenzará con el cierre total basado en el Decreto 38/2020, de 6 de noviembre, del Lehendakari (6 de noviembre de 2020) y finalizará cuando la autoridad correspondiente permita la apertura de los establecimientos.

Documentación a presentar para la solicitud

  1. Impreso debidamente rellenado: Impreso de solicitud
  2. Copia del CIF o NIF.
  3. Las solicitudes serán formuladas directamente por el titular de la actividad o por cualquier persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho. En el caso de apoderados, se deberá presentar escrito de representación.

Los/as hosteleros/as beneficiarios/as de la 1ª convocatoria de ayudas para paliar las pérdidas del Covid 19, aprobada por el Ayuntamiento (publicada en el BOG el 7 de mayo de 2020), no deberán presentar la documentación establecida en los puntos 2 y 3, cumplimentando únicamente el formulario.

Plazo de presentación de solicitudes: del 4 al 14 de diciembre, ambos días incluidos.

Pago de la subvención: el abono de las subvenciones se realizará en el momento en que se acredite la situación de destino de las mismas, mensualmente.

 
Nueva subvención municipal para el sector hostelero local
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Como es sabido, el pasado 6 de noviembre el Gobierno Vasco ordenó el cierre de los establecimientos hosteleros como medida preventiva para responder a la situación de la pandemia del Covid-19. Como consecuencia de esto, los trabajadores del sector hostelero, bares, camareros, cocineros, etc., han quedado en una situación muy complicada, ya que tienen que seguir pagando los gastos asociados al establecimiento y a la actividad, mientras los bares o restaurantes permanecen cerrados. Esta situación ha puesto en peligro la supervivencia y el futuro de este sector imprescindible y el Ayuntamiento de Amasa-Villabona ha decidido aprobar y poner en marcha una nueva línea subvencional de carácter acuciante.

El documento de bases reguladoras de la presente subvención se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) de 2 de diciembre: bases de la subvención BOG

Presupuesto

Para financiar estas subvenciones, el Ayuntamiento ha creado un fondo de 30.000 euros. Si este presupuesto no es suficiente para atender todas las solicitudes, se distribuirá proporcionalmente en función del número de solicitudes presentadas.

Importe de la subvención

600 euros por mes de cierre del establecimiento. La cuantía exacta de la subvención se calculará en función del número de días de cierre de los estabilizadores.
Cuando la suspensión de actividades sea parcial (en el caso de panaderías-cafeterías) 300 euros/mes.
En el caso de que el titular del establecimiento tenga el local vinculado a la actividad en arrendamiento o alquiler, el importe de la subvención será de 200 euros/mes adicional.
Beneficiarios

Serán beneficiarios de esta subvención los hosteleros afectados por la situación de alarma establecida en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se modifica el Decreto 38/2020, de 6 de noviembre, del Lehendakari, por el que se modifica el Decreto 36/2020, de 26 de octubre.

Requisitos a cumplir

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) por cierre total de actividades afectadas.
Disponer de un establecimiento ubicado en Amasa-Villabona.
No tener deudas con el Ayuntamiento de Villabona.
No estar incursa en las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiaria de las subvenciones.
Duración de la subvención

La duración de la subvención comenzará con el cierre total basado en el Decreto 38/2020, de 6 de noviembre, del Lehendakari (6 de noviembre de 2020) y finalizará cuando la autoridad correspondiente permita las actividades que sufran cierre total.

Documentación a presentar para la solicitud

Formulario a rellenar y enviar al ayuntamiento: hoja de solicitud
Copia del CIF o NIF.
Las solicitudes serán formuladas directamente por el titular de la actividad o por cualquier persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho. En el caso de apoderados, se deberá presentar escrito de representación.
Los/as hosteleros/as beneficiarios/as de la 1ª convocatoria de ayudas para paliar las pérdidas del Covid 19, aprobada por el Ayuntamiento (publicada en el BOG el 7 de mayo de 2020), no deberán presentar la documentación establecida en los puntos 2 y 3, cumplimentando únicamente el formulario.

Plazo de presentación de solicitudes: del 4 al 14 de diciembre, ambos días incluidos.

Pago de la subvención: el abono de las subvenciones se realizará en el momento en que se acredite la situación de destino de las mismas, por meses