Se hace saber a los ciudadanos que en cumplimiento de la normativa vigente,
a partir del próximo día 1 de enero de 2017 la obtención de CERTIFICADOS del Padrón de Habitantes de la localidad se tramitará de la siguiente manera:
* Certificados individuales de residencia:Se expedirán únicamente a la persona interesada o a persona que ésta autorice expresamente para su obtención.
* Certificados de inscripción/convivencia: TODAS las personas mayores de edad inscritas en el domicilio deberán autorizar la cesión de sus datos por escrito.
Estas autorizaciones se deberán presentar obligatoriamente cada vez que se solicite un certificado.