
Hoy, 27 de febrero, se celebra el 50 aniversario de la proclamación de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). Por ello, en el pleno del miércoles se aprobó una Declaración Institucional presentada por el grupo municipal de EH Bildu. Dicha Declaración Institucional salió adelante con los votos a favor de EH Bildu y EAJ-PNV y la abstención del PSE-EE.
La declaración institucional dice así:
50º ANIVERSARIO DE LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA
DERECHO DEL PUEBLO SAHARAUI A LA LIBRE DETERMINACIÓN
Con motivo del 50º aniversario de la proclamación de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD):
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, en particular las disposiciones de sus Artículos 1 y 55, que consagran el derecho de los pueblos a la libre determinación,
Guiado también por las disposiciones del artículo 1º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y del artículo 1º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en los que se afirma que todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación,
Guiado además por la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, en particular su artículo 1, y por las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, y especialmente la parte I, párrafos 2 y 3, relativos al derecho de libre determinación de todos los pueblos, en particular los sometidos a ocupación extranjera,
Reafirmando el derecho a la libre determinación que asiste al pueblo saharaui y poniendo de relieve que esta norma imperativa de derecho internacional es un requisito fundamental para alcanzar una paz justa, duradera y general en la región,
Reafirmando la legitimidad de la lucha del pueblo saharaui por la independencia, la integridad territorial, la unidad nacional y la liberación de la dominación colonial y extranjera de conformidad con el derecho internacional,
Afirmando la aplicabilidad del principio de soberanía permanente sobre los recursos naturales como componente constitutivo del derecho a la libre determinación, y recordando que el mantenimiento de un muro ilegal que divide el territorio y protege la explotación y expolio por parte de Marruecos de los recursos naturales en el Sáhara Occidental ocupado es incompatible con las obligaciones que le incumbe n en virtud del derecho internacional,
Lamentando que los Estados e instituciones que entablan relaciones económicas o comerciales con Marruecos en lo que respecta a los territorios ocupados del Sáhara Occidental contribuyan de ese modo al expolio ilegal de recursos naturales y a la denegación del derecho del pueblo saharaui a la libre determinación,
Expresando preocupación por el hecho de que algunas empresas, directa e indirectamente, hayan permitido y facilitado la ocupación marroquí del territorio del Sáhara Occidental, y se hayan beneficiado de ello,
Deplorando la difícil situación de la población saharaui refugiada y reforzando nuestro compromiso con la cooperación y la acción humanitaria, con perspectiva de género, para atender a la población saharaui obligada a vivir en el refugio,
Deplorando las violaciones generalizadas de los derechos humanos que se llevan a cabo con total impunidad en los territorios ocupados del Sáhara Occidental,
1. Reafirma el derecho inalienable, permanente e incondicional del pueblo saharaui a la libre determinación, incluidos su derecho a vivir en libertad, justicia y dignidad y su derecho a un Estado independiente.
2. Confirma que el derecho del pueblo saharaui a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales debe ejercerse en beneficio de su desarrollo nacional y del bienestar del pueblo saharaui y para hacer efectivo su derecho a la libre determinación.
3. Exhorta a Marruecos, la Potencia ocupante, a que ponga fin de inmediato a su presencia ilegal en el territorio del Sáhara Occidental ocupado, que constituye un hecho ilícito de carácter continuado que genera su responsabilidad internacional, y a que revoque y subsane todo impedimento a la independencia política, la soberanía y la integridad territorial de la República Árabe Saharaui Democrática; y pide que se ponga fin a todas las políticas actuales de hostigamiento, amenaza, intimidación y represalia, privación de libertad y expulsión contra las y los defensores de los derechos humanos y los actores de la sociedad civil que abogan pacíficamente por los derechos del pueblo saharaui.
4. Expresa profunda preocupación por las condiciones de vida de los presos políticos saharauis en las cárceles marroquíes, y exhorta a Marruecos a que ponga en libertad inmediatamente a todas las personas saharauis recluidas en violación del derecho internacional.
5. Exhorta al Estado español y a la Unión Europea a respetar sus obligaciones de no reconocimiento, no ayuda y no asistencia con respecto a las violaciones graves de las normas imperativas de derecho internacional cometidas por Marruecos, en particular la prohibición de adquirir territorio por la fuerza, a fin de asegurar el ejercicio del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui.
6. Insta al Estado español y a la Unión Europea a que adopten las medidas necesarias para promover la efectividad del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui y presten asistencia a las Naciones Unidas y a la Misión de las Naciones Unidas para el referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) con tal fin.
7. Insta al Estado español y a la Unión Europea a que adopten las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de octubre de 2024 en las que, a la luz de su jurisprudencia y sobre la base de los principios del derecho a la autodeterminación y del efecto relativo de los tratados, fija con claridad que los Acuerdos comerciales UE – Marruecos de 2019 en materia de pesca y de productos agrícolas, a los que el pueblo del Sáhara Occidental no prestó su consentimiento, se celebraron vulnerando los principios de autodeterminación y del efecto relativo de los tratados.
8. Insta al gobierno español a que declare de forma clara y definitiva el derecho del pueblo saharaui a su autodeterminación y señale la nulidad de toda normativa que, como los acuerdos tripartitos o la ley de descolonización franquistas de 1975, sean contrarias a este principio. Y, en tanto este derecho no se haga efectivo, otorgue el estatus diplomático a la representación del Frente POLISARIO en España como único y legítimo representante del pueblo saharaui.
9. Insta, igualmente al gobierno español a que promueva en el seno de la Unión Europea y de Naciones Unidas todas las iniciativas políticas y diplomáticas necesarias para acabar con la ocupación ilegal del territorio y alcanzar una solución justa y definitiva sobre la base del Plan de Paz de Naciones Unidas.
10. Se compromete a no realizar, financiar o facilitar cualquier actividad económica en el territorio del Sáhara Occidental o en relación con este, a la que no haya dado su consentimiento libre, previo e informado el pueblo de dicho territorio a través de su representante legítimo, el Frente POLISARIO.